La carrera internacional de Adane Anmaw Mengesha se detiene en seco. La atleta etíope de 22 años, una de las fondistas emergentes de Oromía, ha aceptado una sanción de cinco años de inelegibilidad por múltiples infracciones de las normas antidopaje, según anunció USADA.
De un podio en Washington D.C. a la suspensión
El caso arranca el 4 de abril de 2025, en el Cherry Blossom 10 Miler de Washington D.C., prueba avalada por USA Track & Field. Mengesha cruza la meta en segunda posición. Todo parece un paso más en su progresión… hasta el control antidopaje.
Durante la recogida de la muestra, la atleta declara haber utilizado una solución de aminoácidos administrada por vía intravenosa. Esa admisión abre la puerta a una investigación más profunda. USADA descubre que, entre el 26 y el 30 de marzo de 2025, Mengesha recibió varias infusiones intravenosas superiores a 100 mL en un periodo de 12 horas, prescritas por un médico para tratar una condición médica.
Aquí no se trata de sustancias prohibidas. No hay anabolizantes, no hay EPO, no hay estimulantes. El problema es el método.
Las normas son tajantes: las infusiones o inyecciones intravenosas que superen los 100 mL por cada 12 horas, salvo contadas excepciones, se consideran Métodos Especificados y están prohibidas en todo momento bajo el Protocolo de USADA para el Movimiento Olímpico y Paralímpico, las Políticas Nacionales Antidopaje del United States Olympic and Paralympic Committee y las Reglas Antidopaje de World Athletics, todas alineadas con el Código Mundial Antidopaje y la Lista de Prohibiciones de la WADA.
Las infusiones de Mengesha no encajaban en ninguna de las excepciones: no se produjeron en el contexto de una hospitalización, ni de una intervención quirúrgica, ni de una investigación clínica diagnóstica. El volumen superaba el límite permitido. Eso, por sí solo, ya constituía una infracción.
El giro del caso: documentos falsificados y manipulación
La investigación no se quedó en el aspecto médico. En coordinación con la Ethiopian Anti-Doping Authority (ETH-ADA), USADA fue más allá y destapó un elemento que agrava el expediente: la manipulación documental.
Como atleta etíope, Mengesha estaba obligada a tramitar cualquier Therapeutic Use Exemption (TUE) a través de ETH-ADA. Al solicitarla, presentó documentos falsificados que pretendían acreditar que las infusiones se habían administrado en un hospital de Addis Abeba.
Ese intento de encubrir el contexto real del tratamiento convierte el caso en algo más que un error de procedimiento. La falsificación de documentos se considera manipulación, una de las violaciones más graves en el marco del Código. Y, en este caso, contribuyó a alargar tanto la investigación como la resolución definitiva del asunto.
De seis años a cinco: la única concesión
La combinación de uso de un método prohibido y manipulación situaba a Mengesha frente a una sanción de seis años. Sin embargo, el propio Código abre una pequeña vía de reducción.
El Artículo 10.8.1 permite recortar en un año las sanciones de cuatro años o más si el deportista admite la infracción y acepta la sanción propuesta en un plazo de 20 días desde la notificación del cargo. Mengesha cumplió esa condición. De ahí que el castigo final quede fijado en cinco años en lugar de seis.
La inhabilitación comenzó el 5 de noviembre de 2025, fecha de su suspensión provisional. A partir de ese día, queda fuera de toda competición organizada bajo el paraguas del movimiento olímpico y paralímpico. Además, se anulan todos sus resultados desde el 4 de abril de 2025, incluido el segundo puesto en el Cherry Blossom 10 Miler, con pérdida de medallas, puntos y premios.
Un recordatorio de las reglas y de los riesgos
El caso Mengesha vuelve a subrayar un mensaje que los organismos antidopaje repiten sin descanso: no basta con ser limpio, hay que conocer al detalle las normas.
USADA insiste en esa línea con un amplio despliegue educativo: guías sobre sustancias prohibidas, explicaciones del proceso de control, instrucciones para gestionar la localización de los deportistas, orientación sobre cómo solicitar autorización para medicación necesaria y alertas sobre los riesgos de los suplementos y las drogas recreativas.
A ello se suma un sistema de referencia de fármacos, sesiones formativas con federaciones y atletas, y la distribución de materiales como guías de suplementos, de nutrición y manuales de “clean sport”. El objetivo es claro: que ni deportistas ni su entorno puedan alegar desconocimiento.
El organismo estadounidense también mantiene abiertos varios canales para denunciar el uso de sustancias o métodos para mejorar el rendimiento: desde el USADA Play Clean Tip Center hasta líneas telefónicas y correo electrónico específicos. Todo, con una idea de fondo: proteger a quienes compiten dentro de las reglas y sostener la credibilidad del deporte.
Mientras tanto, el fondo etíope pierde, al menos durante un lustro, a una de sus jóvenes figuras. Y la pregunta vuelve a sobrevolar el atletismo de élite: cuántos talentos más se quedarán en la cuneta por cruzar la delgada línea entre el tratamiento médico y la trampa.





